Clave para la Gestión Financiera Empresarial La planeación tributaria es la…

Información exógena Año Gravable 2024
La información exógena es una herramienta clave para la fiscalización tributaria en Colombia, ya que permite a la DIAN contrastar los datos reportados por los contribuyentes y detectar inconsistencias. Para el año gravable 2024, la presentación de esta información trae cambios importantes introducidos por la Resolución 162 de 2023, que afectan tanto a personas naturales como jurídicas.
Resolución 162 de Octubre de 2023
Por la cual se establece el grupo de obligados a suministrar información tributaria a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), por el año gravable 2024 y siguientes, se señala el contenido, características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega.
Resolución 188 de Octubre de 2024
Por la cual se modifica y adiciona parcialmente la Resolución número 000162 del 31 de octubre de 2023.
Sujetos obligados a presentar información exógena
Referencia normativa
Numeral 4 Artículo 1 resolución 162 de 2023.
Personas naturales
- Las personas naturales que durante el año 2023 o 2024 hayan obtenido ingresos brutos superiores a 11.800 UVT ($555.367.000) y que la suma de los ingresos brutos obtenidos por rentas capital y/o rentas no laborales durante el 2024 superen los 2.400 UVT ($112.956.000).
- Personas naturales del Régimen Simple de Tributación que durante el año 2023 o 2024 hayan obtenido ingresos brutos superiores a 11.800 UVT ($555.367.000).
Otros aspectos
Los “Ingresos Brutos” incluyen todos los ingresos ordinarios, extraordinarios y los correspondientes a las ganancias ocasionales, excepto el correspondiente en la venta de casa y/o apartamento de habitación.
Normatividad
Numeral 5 Artículo 1 resolución 162 de 2023.
Personas Jurídicas
Las personas jurídicas y sus asimiladas y demás entidades públicas y privadas que en el año 2023 o 2024, hayan obtenido ingresos brutos superiores a 2.400 UVT ($112.956.000).
No estarán obligadas a presentar la información exógena las personas naturales y sus asimiladas, las personas jurídicas y sus asimiladas y, demás entidades que durante el año gravable de reporte de información adelanten el trámite de cancelación del Registro Único Tributario (RUT) de oficio o a solicitud de parte.
Otros sujetos obligados a reportar información exógena 2024 y siguientes
- Convenios de cooperación: Entidades públicas o privadas que celebren convenios de cooperación y asistencia técnica con organismos internacionales.
- Bolsa de valores: Las bolsas de valores y los comisionistas de bolsa.
- Entidades financieras: Entidades vigiladas por la SuperFinanciera, las cooperativas de ahorro y crédito, entre otros.
- Obligados a practicar retención: Autorretenciones en la fuente, impuesto sobre las ventas (IVA) y/o Timbre.
- Establecimientos permanentes: EP de personas naturales no residentes y de personas jurídicas y entidades extranjeras.
- Contratos de colaboración: Las personas o entidades que celebren contratos de colaboración.
- No obligados a presentar declaración de ingresos y patrimonio.
- obligados a presentar estados financieros consolidados.
- Quienes enajenen acciones no cotizadas en bolsa por un valor superior a 5.000 UVT.
- Quienes emiten certificaciones para tomar beneficios tributarios.
Principales novedades y cambios
Cuantías mínimas
Normatividad
Resolución 162 de 2023Resolución 162 de 2023.
Novedad
Los pagos que acumulados por beneficiario por todo concepto sean menores a tres 3 UVT ($141.195) , se informarán acumulados en un solo registro, con identificación 222222222, razón social “CUANTÍAS MENORES” y tipo documento 43.
Reporte de socios y accionistas
Normatividad
Artículo 19. Res. 162 de 2023 – Información de socios, accionistas, comuneros, cooperados y/o asociados.
Antigua resolución
Res. 1255 de 2022 – Las personas jurídicas y sus asimiladas con ánimo de lucro…con indicación del valor patrimonial a treinta y uno (31) de diciembre superior a una cuantía de tres millones de pesos ($3.000.000) y el valor porcentual de participación.
Novedad
Res. 162 de 2023 – Las personas jurídicas y sus asimiladas con ánimo de lucro…con indicación del valor nominal de la acción, aporte o derecho social y el valor pagado por prima en colocación de acciones o de cuotas sociales.
Información de pagos o abonos en cuenta y retenciones en la fuente practicadas
Normatividad
Artículo 20. Res. 162 de 2023 – Pagos o abonos en cuenta y retenciones en la fuente practicadas.
Antigua resolución
Res. 1255 de 2022 – No contemplaba el reporte de compra, donación o cesión de acciones.
Novedad
- Se agregan items a reportar relacionados con la compra, donación y cesión de acciones de sociedades que no cotizan en bolsa.
- Todos los pagos o abonos en cuenta sujetos a retención en la fuente, independiente de su cuantía, se deben reportar identificando al tercero.
Ingresos recibidos en el año
Normatividad
Artículo 22. Res. 162 de 2023 – Ingresos recibidos en el año.
Antigua resolución
Res. 1255 de 2022 – No contemplaba el reporte de ingreso por venta, donación o cesión de acciones.
Novedad
- Se agregan items a reportar relacionados con el ingresos brutos por venta de acciones y acciones recibidas por donación o cesión de sociedades que no cotizan en bolsa que constituyan renta o ganancia ocasional.
- Todos los pagos o abonos en cuenta sujetos a retención en la fuente, independiente de su cuantía, se deben reportar identificando al tercero.
Impuesto sobre las ventas – IVA descontable y generado e Impuesto al Consumo
Normatividad
Artículo 23. Res. 162 de 2023 – Impuesto sobre las ventas IVA Descontable, Impuesto Sobre las Ventas, IVA generado e Impuesto Nacional al Consumo.
Antigua resolución
Res. 1255 de 2022 – No contemplaba el reporte del IVA tratado como mayor valor del costo o gasto (IVA Descontable).
Novedad
El impuesto sobre las ventas (IVA) tratado como mayor valor del costo o gasto de acuerdo con lo señalado en el artículo 490 E.T (IVA Descontable).
Saldo de los pasivos
Normatividad
Artículo 25. Res. 162 de 2023 – Saldo de los pasivos.
Antigua resolución
Res. 1255 de 2022 – Contemplaba el reporte de terceros con saldo acumulado a 31 de diciembre igual o superior a $500.000 pesos, así como cuantías menores, los saldos inferiores a este valor.
Novedad
- ..cuando el saldo acumulado por acreedor a treinta y uno (31) de diciembre sea igual o superior a doce (12) Unidades de Valor Tributario (UVT) $564.780 (del año gravable a reportar).
- Serán cuantías menores los saldos de los pasivos cuya cuantía sea menor a 12 UVT ($564.780)
- Los saldos de los pasivos por aportes parafiscales, salud y pensión se informará en cabeza de las entidades beneficiarias de estos aportes (EPS, fondos de pensiones, SENA, ICBF, CCF)
Saldo de los créditos activos
Normatividad
Artículo 26. Res. 162 de 2023 – Saldo de los créditos activos
Antigua resolución
Res. 1255 de 2022 – Contemplaba el reporte de terceros con saldo acumulado a 31 de diciembre igual o superior a $500.000 pesos, así como cuantías menores, los saldos inferiores a este valor.
Novedad
- …cuando el saldo acumulado por deudor a treinta y uno (31) de diciembre sea igual o superior a doce (12) Unidades de Valor Tributario (UVT) (del año gravable a reportar).
- Serán cuantías menores los saldos de los créditos cuya cuantía sea menor a 12 UVT.
Ingresos recibidos para terceros
Normatividad
Artículo 28. Res. 162 de 2023 – Ingresos recibidos para terceros.
Antigua resolución
Res. 1255 de 2022 – El valor mínimo a reportar correspondía al valor anual acumulado de los ingresos recibidos para terceros, reintegrados, transferidos o distribuidos a cada beneficiario cuando la cuantía fuera superior a $1.000.000.
Novedad
El valor mínimo a reportar corresponderá al valor anual acumulado de los ingresos recibidos para terceros, reintegrados, transferidos o distribuidos a cada beneficiario cuando la cuantía sea superior a 24 UVT (del año gravable a reportar) $1.129.560.
Información de propiedad planta y equipo
Normatividad
Artículo 32. Res. 162 de 2023 – Información de las declaraciones tributarias.
Antigua resolución
Res. 1255 de 2022 – No contemplaba el reporte del valor patrimonial en PPE de personas naturales y jurídicas, excepto las de régimen ZOMAC, Mega-Inversiones, empresas de economía naranja y empresas dedicadas al desarrollo del campo.
Novedad
Las personas naturales y sus asimiladas, las personas jurídicas y sus asimiladas y, demás entidades públicas y privadas deberán suministrar el valor patrimonial a treinta y uno (31) de diciembre del patrimonio bruto representado en propiedad, planta y equipo y otros activos, conforme con los parámetros establecidos en las especificaciones técnicas del Formato 1011 Versión 6.
Costos y deducciones
Normatividad
Artículo 35. Res. 162 de 2023 – Información de costos y deducciones.
Antigua resolución
Res. 1255 de 2022 – Pasa de 88 a 79 deducciones.
Novedad
Se eliminan deducciones por pago de regalías por explotación de hidrocarburos, gas, carbón, minerales y piedras Art. 107 E.T.
Información de descuentos tributarios solicitados
Normatividad
Artículo 39. Res. 162 de 2023 – Información de descuentos tributarios solicitados.
Antigua resolución
Res. 1255 de 2022 – Pasa de 24 a 25 descuentos tributarios.
Novedad
Descuento tributario por donaciones efectuadas a bancos de alimentos y entidades sin ánimo de lucro, pertenecientes al Régimen Tributario Especial. E.T., Art. 257.
Sanciones
Normatividad
Art 651 et Sanción por no enviar información.
- 1% de las sumas respecto de las cuales no se suministró la información exigida
- 0.7% de las sumas respecto de las cuales se suministró en forma errónea
- 0.5% de las sumas respecto de las cuales se suministró de forma extemporánea
- 0.5 UVT por cada dato no suministrado o incorrecto Cuando no sea posible establecer la base para tasar la sanción o la información no tuviere cuantía
- La multa no deberá exceder las 7.500 UVT
- La sanción se reduce al 50% si la omisión es subsanada antes de que se notifique la imposición de la sanción
- La sanción se reduce al 70% si la omisión es subsanada dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha en que se notifique la sanción

El cumplimiento de la información exógena en 2024 exige mayor precisión y detalle en el reporte de datos. Para evitar sanciones, se recomienda planificar con tiempo, verificar los cambios en los formatos, auditar la información reportada y consultar con un experto en caso de dudas.
En Rivas & Asociados te ayudamos a entender y cumplir con estas obligaciones tributarias de manera eficiente. Para recibir asesoría personalizada, te invitamos a contactar a nuestro equipo de impuestos, dejando tus datos de contacto aquí
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