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Obligados con procesos de fiscalización con la UGPP, esta información es de su interés

La ley de financiamiento 1943 de 2018 trajo consigo beneficios tributarios aplicables a los procesos de fiscalización que adelante la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales –UGPP, que se encuentren en curso y admitidos. Dichos beneficios corresponden a la conciliación del valor e intereses de las sanciones con porcentajes de exoneración iguales y/o superiores al 50% del valor de las sanciones, intereses, etc.

Las fechas límite para que los contribuyentes puedan acogerse a dichos beneficios fueron establecidas por la UGPP a principios de este año, indicando que el plazo será hasta el próximo 30 de septiembre de 2019, como fecha límite para presentar la solicitud de conciliación judicial.

Para conocer a detalle las condiciones y porcentajes de descuento aplicables, ingrese al boletín publicado por la UGPP al respecto.

Atendiendo a lo anterior, el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 736 de 2019, mediante la cual reglamenta la planilla denominada “Planilla de obligaciones determinadas por la UGPP”,o planilla O, la cual fue creada con el objetivo de que los contribuyentes obligados con procesos de fiscalización con la UGPP efectúen el pago adeudado al sistema de seguridad social y parafiscales y a su vez, se acojan a los beneficios aplicables (exoneración de hasta el 80 % de los intereses y sanciones impuestas por omisión o inexactitud).

En esta planilla los contribuyentes son clasificados como «Contribuyentes con procesos administrativos en curso» y «Contribuyentes en estado de liquidación forzosa o judicial y con procesos administrativos en curso«, y encontrarán unos indicadores mediante los cuales se determinará el porcentaje de exoneración y el plazo con el que cuentan para hacer efectivo el pago.

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Para recibir asesoría personalizada en procesos de fiscalización con la UGPP, le invitamos a ponerse en contacto con uno de nuestros asesores.

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