Saltear al contenido principal

Plazo para normalizar activos no declarados en Colombia o en el exterior

Hasta el próximo 25 de septiembre los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, podrán acogerse a los beneficios del impuesto complementario de normalización tributaria para bienes omitidos o pasivos inexistentes poseídos al 1 de enero de 2019.

A través del formulario 160 los contribuyentes obligados a presentar la declaración de activos en el exterior, podrán llevar a cabo el reporte de cuentas por cobrar, inversiones temporales, cuentas bancarias, anticipos, préstamos, y demás conceptos que sean considerados como activos.

Los beneficios que obtendrán los contribuyentes les permitirá ajustar si situación fiscal declarando y pagando un impuesto de normalización a la tarifa del 13%,.De igual manera, si dichos bienes se re-invierten en Colombia se los contribuyentes pagarán el 6,5% sobre el valor de los mismos.

_______

Para recibir asesoría personalizada en normalización de activos, lo invitamos a ponerse en contacto con uno de nuestros asesores especializados al teléfono 312 5152263 o escribiendo a tomasoyuela@rivasyconsultores.com

 

 

Esta entrada tiene 0 comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *