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Descuento en renta por donación vacunas COVID-19

Descuento tributario por donaciones destinadas a la adquisición de vacunas contra el COVID-19

El pasado 9 de diciembre de 2020 el Gobierno Nacional, a través de la Ley 2064 dio a conocer los beneficios tributarios a los que podrán acceder tanto empresas como personas naturales que realicen donaciones para contribuir con la estrategia para la inmunización de la población colombiana contra la COVID-19 y la lucha contra cualquier pandemia.

Quiénes se podrán beneficiar

Personas naturales residentes y las personas jurídicas contribuyentes del impuesto sobre la renta de la tarifa general.

A qué debe estar destinada la donación.

A la adquisición de vacunas, moléculas en experimentación, anticipos reembolsables y no reembolsables para el desarrollo de vacunas, transferencia de ciencia y tecnología, capacidad instalada en el territorio nacional y todas las actividades tendientes a lograr la inmunización de la población colombiana frente al Covid-19 y cualquier otra pandemia.

Cuál será el beneficio tributario

La donación dará lugar a un descuento del impuesto sobre la renta equivalente al 50% de la donación realizada en el año o periodo gravable.

Requisitos aplicables

La donación deberá contar con el aval previo por parte del Ministerio de Salud y Protección Social y deberá ser certificada por el Gerente del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo.

Vigencia del beneficio

El beneficio tributario establecido solo regirá para los años gravables 2021 y 2022 en el caso de la pandemia suscitada por la Covid-19; y en caso de una nueva pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud – OMS, aplicará por el primer año gravable en que se necesiten adquirir los productos para su inmunización y el año gravable siguiente.

Restricciones al beneficio

Del beneficio tributario establecido no podrán participar empresas del sector de la salud nacionales ni internacionales, y tampoco Empresas Promotoras de Salud ni Instituciones Prestadoras de Salud.

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Esta información es de carácter informativo y no corresponde a una asesoría especializada que deba ser tomada como base para la toma de decisiones empresariales. Para recibir asesoría tributaria especializada lo invitamos a ponerse en contacto a través de nuestros canales de atención haciendo clik en este enlace.

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