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El abecé de la nueva firma electrónica para personas naturales

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) habilitó para los contribuyentes una nueva firma electrónica, más simple, sencilla y rápida de generar, que facilita el cumplimiento de la declaración de renta, demás obligaciones y la formalización de los trámites ante la entidad.

  • ¿Qué es la nueva firma electrónica?

Es un instrumento que permite generar la formalización de transacciones, a través de un mecanismo más moderno. En todos los casos la firma electrónica reemplaza a la firma autógrafa para las diferentes obligaciones ante la DIAN.

  • ¿Qué beneficios tiene?

Se destaca por su simplicidad en el acceso y generación. Ya no es necesario que se configuren preguntas de recordación y se podrá realizar el procedimientos cuantas veces se requiera, sin la necesidad de agendar cita por olvido de contraseñas o configuraciones previas. El trámite puede realizarse totalmente en línea.

  • ¿Esta nueva firma tiene fecha de vencimiento?

Esta firma tendrá una vigencia de 3 años. La renovación de la misma se puede hacer totalmente en línea.

  • ¿Qué se debe hacer para solicitar la nueva firma electrónica?

Ingresar al portal transaccional de la DIAN, a nombre propio, y allí ubicar el botón «Generar Firma Electrónica», siguiendo los pasos que indica el sistema.

  • ¿Qué pasa con la antigua firma electrónica? 

La anterior versión seguirá vigente si el usuario ya tiene una activa. En ese caso, se podrá seguir usando la anterior hasta su vencimiento.

Fuente: DIAN

 

 

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