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Declaración renta personas naturales

Declaración del impuesto sobre la renta personas naturales año gravable 2019 (Agosto)

El próximo 11 de agosto inician los vencimientos de los plazos para que los obligados a presentar la declaración del impuesto sobre la renta año gravable 2019 cumplan con esta obligación.  Razón por la cual, a continuación respondemos las dudas que frecuentemente se generan frente a esta obligación en relación con los montos que determinan si un contribuyente está obligado o no a presentar esta declaración, fechas de presentación y herramientas, como la dispuesta por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) en su portal web.

  • Obligados a declarar renta en el mes de agosto 
NIT o cédula terminado en  Día límite de pago
99 o 00 11 de agosto de 2020
97 o 98 12 de agosto de 2020
95 o 96 13 de agosto de 2020
93 o 94 14 de agosto de 2020
91 o 92 18 de agosto de 2020
89 o 90 19 de agosto de 2020
87 o 88 20 de agosto de 2020
85 o 86 21 de agosto de 2020
83 o 84 24 de agosto de 2020
81 o 82 25 de agosto de 2020
79 o 80 26 de agosto de 2020
77 o 78 27 de agosto de 2020
75 o 76 28 de agosto de 2020
73 o 74 31 de agosto de 2020
  • ¿Cómo acceder a la plataforma dispuesta por la DIAN para cumplir con esta obligación?

Hazlo tú mismo, es un esquema guiado como herramienta informativa y de consulta que tiene como propósito dar a conocer a todas las personas naturales la información y facilitar el diligenciamiento, presentación y pago de la declaración del impuesto sobre la renta y complementario. En este portal los contribuyentes podrán consultar si se encuentran obligados a declarar, reportes de terceros, obtener una declaración de renta sugerida y diligenciar de forma guiada el formulario 210 de personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes no obligadas a llevar contabilidad.  Si una vez obtenida su declaración de renta sugerida, tiene alguna duda sobre lo allí consignado, lo invitamos a contactar a uno de nuestros asesores tributarios especializados dejando sus datos en este enlace. 

  • ¿Se necesita la nueva firma electrónica para cumplir con esta obligación?

Si se tiene la anterior firma electrónica, esta se podrá usar hasta su fecha de vencimiento. Ingrese a este enlace para conocer información detallada sobre la nueva firma electrónica.

  • ¿Cuál es el monto de ingresos brutos para declarar? 

Aquellas personas naturales que tuvieron ingresos brutos iguales o superiores a $47,9978.000 (1.400 UVT) durante 2019.

  • ¿Cuál es el monto de patrimonio para declarar? 

Aquellas personas naturales que al 31 de diciembre de 2019, tuvieran un patrimonio superior a $154,215.000 (4.500 unidades de valor tributario).

  • ¿Cuál es el monto de consumos con tarjeta de crédito para declarar?

Aquellas personas naturales que al 31 de diciembre de 2019, hubieran realizado consumos con tarjeta de crédito por valores superiores a $47.978.000 pesos.

  • ¿Cuál es el monto de compras y consumos totales para declarar?

Aquellas personas naturales que al 31 de diciembre de 2019, hubieran realizado compras y consumos totales por valor de $47.978.000 pesos.

  • ¿Cuál es el monto de consignaciones, depósitos o inversiones?

Aquellas personas naturales que al 31 de diciembre de 2019, hubieran realizado consignaciones, depósitos o inversiones por valor de $47.978.000 pesos.

  • ¿Qué formularios se deben utilizar para presentar la declaración de renta?

Las personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes fiscales en Colombia deberán presentar su declaración del impuesto sobre la renta en el formulario 210. Mientras las personas naturales no residentes, obligadas a presentar la declaración del impuesto sobre la renta, deberán emplear el formulario 110.

Para recibir asesoría tributaria especializada, le invitamos a ponerse en contacto a través de nuestros canales de atención disponibles. Correo: tomasoyuela@rivasyconsultores.com – Whatsapp: 3125152263 – Teléfono: 4270822

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