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Asesoria Tributaria – Consecuencias de no cumplir con la presentación de la declaración de renta y complementarios

Si estando obligado, un contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios no cumple con la presentación de esta responsabilidad, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN tendrá hasta cinco años para exigir que lo haga.

Los emplazamientos de la DIAN le daran un plazo de un mes al contribuyente para que cumpla con la obligación de presentar la declaración de renta y complementarios.

La liquidación y pago de la sanción por extemporaneidad por cada mes de retardo, será equivalente al 10% del impuesto a cargo, sin exceder el 200% del valor del mismo. Cuando en la declaración no haya un impuesto a cargo, la sanción será del 1% de los ingresos brutos obtenidos durante el año gravable a declarar, sin exceder el 10% de estos.

Cuando el contribuyente emplazado no cumpla los plazos establecidos por la DIAN y continúe sin cumplir con esta obligación, la DIAN podrá imputar la sanción por no declarar, siendo esta equivalente al 20% sobre el valor de las consignaciones banc

arias o los ingresos brutos obtenidos durante el año gravable a declarar.

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