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Novedades en la Información Exógena para el Año Gravable 2024

La información exógena es una herramienta clave para la fiscalización tributaria en Colombia, ya que permite a la DIAN contrastar los datos reportados por los contribuyentes y detectar inconsistencias. Para el año gravable 2024, la presentación de esta información trae cambios importantes introducidos por la Resolución 162 de 2023, que afectan tanto a personas naturales como jurídicas.

  1. Nuevos Sujetos Obligados

Los criterios para determinar quiénes deben presentar información exógena han sido modificados. Ahora, las personas naturales con ingresos brutos mayores a 11.800 UVT y/o rentas de capital superiores a 2.400 UVT están obligadas a reportar. Además, los contribuyentes del régimen SIMPLE con ingresos superiores a 11.800 UVT también deben presentar información exógena, sin importar el tipo de ingreso.

2. Más artículos y formatos detallados.

La nueva resolución pasó de 55 a 84 artículos, detallando con mayor precisión las obligaciones de reporte. Se incluyeron más de 20 formatos nuevos, aumentando el nivel de detalle requerido.

3. Modificación en el reporte de socios.

Antes, existía un umbral mínimo para reportar la información de los socios o accionistas. Ahora, se deben reportar todos los socios sin importar el monto de su participación, facilitando la trazabilidad y control de la información patrimonial.

4. Inclusión del saldo en caja y valores patrimoniales.

En el formato 1011, ahora se debe incluir el saldo en caja de la empresa y su valor patrimonial. Este cambio busca mayor transparencia en la información contable y tributaria de las compañías.

5. Reporte de enajenación de acciones

Se adicionó el numeral 19, que obliga a los socios o accionistas a informar si realizaron enajenaciones de acciones, cuotas o partes de interés social. Si la venta acumulada supera 5.000 UVT, se debe presentar el formato 2833 con detalles de la operación.

6. Mayor control sobre retención en la fuente

La DIAN ahora verifica con más rigor que las empresas hayan practicado correctamente las retenciones y/o autoretenciones. Si un contribuyente estaba obligado a practicar retención y no lo hizo, podría enfrentar sanciones severas, incluyendo las del artículo 402 del Código Penal.

7. Exclusión de la venta de vivienda en la base de cálculo.

Antes, los ingresos por la venta de una vivienda se incluían en la base de cálculo para determinar si una persona estaba obligada a reportar información exógena. Ahora, la venta de una casa o apartamento no se considera dentro del total de ingresos brutos para esta obligación.

8. Impacto de la facturación electrónica

La DIAN ha reforzado la importancia de la facturación electrónica como un insumo fundamental para la validación de la información exógena. Se espera que, en el futuro, haya una integración más estricta entre ambos sistemas.

9. Plazos de presentación.

Los grandes contribuyentes deben presentar la información según el último dígito de su NIT. Las personas naturales y jurídicas deben tener en cuenta los dos últimos dígitos de su NIT para el cronograma de vencimientos.

El cumplimiento de la información exógena en 2024 exige mayor precisión y detalle en el reporte de datos. Para evitar sanciones, se recomienda planificar con tiempo, verificar los cambios en los formatos, auditar la información reportada y consultar con un experto en caso de dudas.

En Rivas & Asociados te ayudamos a entender y cumplir con estas obligaciones tributarias de manera eficiente. Para recibir asesoría personalizada, te invitamos a contactar a nuestro equipo de impuestos, dejando tus datos de contacto aquí

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